jueves, 14 de enero de 2010

Matrimonio y adopción por parte de homosexuales: ¿Derecho a formar familia o un atentado contra la naturaleza?


En los últimos meses, ha sido nuevamente sacado a la palestra el tema de los derechos de los homosexuales, siendo sus banderas de lucha y de “reivindicación”, las políticas relacionadas a una legislación que tome en consideración la convivencia llevada por parejas homosexuales en cuanto a derechos dentro de herencias o cosas semejantes, permitir el matrimonio (o para otros, la unión) y la posibilidad de formar una familia, haciendo clara alusión a la posibilidad de adoptar niños.

En cuanto a mayores beneficios civiles a causa de la convivencia, debemos entender que mas que beneficios, perfectamente vienen siendo una reivindicación de sus derechos, ya que no apelan a derechos que no sean parte en estos momentos de los derechos de parejas heterosexuales ¿Por qué en las parejas heterosexuales, el cónyuge o conviviente posee ciertos derechos en virtud de tal posición? Ya sean previsionales, o posibilidad directa de adquirir parte de sus bienes. Como plantean, los involucrados; si durante gran parte de su existencia, vivieron una vida en pareja, en la cual se entregaron muchas cosas mutuamente, propias de una relación, tanto emocionales como materiales ¿Por qué no se toma en cuenta y se realiza prácticamente un desconocimiento de tal existencia de convivencia?

Creo que por una parte todos estamos de acuerdo, en el hecho de que más allá de que sean homosexuales, merecen el mismo trato que parejas heterosexuales en todo ámbito (excluyendo por ahora las temáticas de matrimonio y adopción que se verán más adelante)

Justamente, en virtud de esto último, analizemos una de las exigencias más polémicas de los movimientos homosexuales y sus peticiones: el matrimonio homosexual.

En su Art. 102 c.c: “el matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”

Como vimos anteriormente, en su artículo 102 del código civil, el concepto matrimonio de forma implícita busca asegurar esta posición social exclusivamente a las parejas heterosexuales, ya que no es de misterio de nadie, que las parejas homosexuales, no pueden procrear. Además en la ley de matrimonio civil, se señalan los:

Requisitos de validez; que establece en su “Artículo 4º.- La celebración del matrimonio exige que ambos contrayentes sean legalmente capaces, que hayan consentido libre y espontáneamente en contraerlo y que se hayan cumplido las formalidades que establece la ley.”

Por otro lado, como si el propio código civil y la propia ley N° 19.947, de matrimonio civil, quisiera legalizar jurídicamente esta polémica, que en sus artículos 5°, 6° y 7° se establecen quienes no pueden contraer matrimonio, como:

“Artículo 5º.- No podrán contraer matrimonio:
1º Los que se hallaren ligados por vínculo matrimonial no disuelto;
2º Los menores de dieciséis años;
"3° los que se hallaren privados del uso de razón; y los que por un trastorno o anomalía psíquica, fehacientemente diagnosticada, sean incapaces de modo absoluto para formar la comunidad de vida que implica el matrimonio;
4° los que carecieren de suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con los derechos y deberes esenciales del matrimonio, y
5º los que no pudieren expresar claramente su voluntad por cualquier medio, ya sea en forma oral, escrita o por medio de lenguaje de señas.".
Artículo 6º.- No podrán contraer matrimonio entre sí los ascendientes y descendientes por consanguinidad o por afinidad, ni los colaterales por consanguinidad en el segundo grado.
Los impedimentos para contraerlo derivados de la adopción se establecen por las leyes especiales que la regulan.
Artículo 7º.- El cónyuge sobreviviente no podrá contraer matrimonio con el imputado contra quien se hubiere formalizado investigación por el homicidio de su marido o mujer, o con quien hubiere sido condenado como autor, cómplice o encubridor de ese delito.

Como se puede observar, en los anteriores artículo, dentro de las incapacidades o incapacitados para contraer matrimonio, no se hace alusión a la homosexualidad de las parejas, por lo que jurídicamente, una ley interpretativa, permitiría llevar a cabo el anhelo de varias parejas homosexuales en Chile.

Por el contrario, la situación favorable a la que se podría acudir, para instaurar en parte una reforma que permita el matrimonio homosexual (reforma parcialmente posible, ya que el concepto de matrimonio lo imposibilita); tropieza con una piedra bastante grande, que llega a parecer roca. Esta roca, está teñida de tintes religiosos, como la gran parte de todas los obstáculos que imposibilitan el paso de las ideas “progresistas”.

Como muchos deberían saber, el origen del matrimonio está en los sagrados sacramentos de la Iglesia Católica, sacramento que fue “judicializado y civilizado” por Domingo Santa María (leyes laicas) llevándolo a la esfera civil, condicionando su obligatoriedad a ésta, e incluso, sancionando a quiénes se casaran por la iglesia y no por el civil. De esta forma, si bien pienso que es bueno dejar a la iglesia en su lugar de propiciador de fe y otorgador de paz interna a los “pecadores”, creo que en este caso, se debe respetar la esencia y origen de esta formalidad (matrimonio), ya que mal que mal lo que se hizo fue utilizar un sacramento para llevarlo a su ámbito civil, cosa que no significa que también se tergiverse la esencia de su significado (en este caso, para la iglesia, el significado del matrimonio, siempre ha sido entre una mujer y un hombre).

Esto nos lleva a la teoría que ya varios parlamentarios han esgrimido, la que consiste en posibilitar el “matrimonio homosexual”, pero por medio de una nueva figura legislativa, la que podría ser la “unión civil”. Pienso que esto último, viene siendo lo más viable en el paso por mayores derechos y acciones pro- igualdad a las minorías sexuales, ya que lo más importante más allá de decir “que me case en matrimonio o en unión civil”, es manifestarse y poder consumar su matrimonio y unión ante el estado. Y de esta forma no vivir ocultos y en la clandestinidad como lo hacen hoy en día muchos.

En la última temática ahondada en esta columna de opinión, me referiré a la posibilidad de la adopción de hijos por parte de parejas homosexuales, ya sea cumpliendo o no, la ficción de haber sido unidas civilmente, y ya sea en convivencia o no.

En este aspecto, es donde más difícil está el terreno para el Movilh y sus simpatizantes, ya que hasta los más progresistas, evolucionados y liberales han manifestado una posición reacia hacia una ley permitiendo tales efectos.
Esta reforma a la que aspiran los movimientos representativos de las minorías sexuales, busca conformar en su totalidad una familia en torno a su relación, completando la “igualdad” a la que aspiran.

Por otro lado, lo que imposibilita su consenso político, está entre otras cosas, en el hecho de que ya no pasa a ser un asunto de vindicación netamente de las parejas homosexuales, sino que en este caso, se involucraría la figura de un tercero, que además viene siendo un menor de edad sin disernimiento.

¿Hasta qué límite se puede llegar con estas vindicaciones? ¿Se debe terminar con la desigualdad en todo ámbito de la vida, incluyendo la posibilidad de tener hijos? Si la opción tomada por los homosexuales, involucra la no concepción de hijos ¿Por qué se les debería otorgar tal facilidad? ¿Acaso, la preferencia por personas de un mismo sexo es un impedimento para tener hijos? ¿Se debe hacer caso omiso a lo que se diga, y entregar hijos a parejas gays, fundamentándose en que es mejor el cariño que un centro del Sename? ¿O independiente del cariño se debe dar al niño una familia como se debe constituir de forma natural?

¿Es un paso a la superación de la discriminación el formar familias homosexuales, educando de esa forma a los niños? ¿Puede ser esto por otro lado, una forma de tergiversar la naturaleza de las relaciones entre hombres y mujeres?

Estas son las preguntas que muchas personas, a favor y en contra, se hacen para poder justificar, y a través de esto, convencer a los disidentes de una u otra posición.

Estas contradictorias interrogantes, que en parte, no dejan de tener razón; causan que la discusión y el debate sea más difícil y complejo con vías a una solución objetiva.

Para tener una idea que nos permita concluir alguna respuesta a esta dicotomía, es necesario analizar uno por uno las condiciones de esta situación. Por un lado, es cierto que una buena forma de terminar con la exclusión y la discriminación, es a través de la educación de infantes desde la infancia, la que entre otras alternativas se facilitaría mediante el conocimiento de padres homosexuales. Además, es cierto que como una familia bien constituida, no deberían tener mayores problemas y no habría porqué de relegarlos, ya que obviamente es mejor tener una familia que brinde cariño a estar en un centro Sename, donde uno no sabe cómo son las condiciones.

Sin embargo, hay que tener en cuenta ciertas elementos: en primer lugar; es bueno considerar que estamos hablando de la vida y desarrollo de un tercero, elemento que dificulta aún más el objetivo de las minorías, ya que no es fácil combatir la discriminación y más aun cuando se intenta formar a un niño que pasa a ser un diamante en bruto susceptible a cualquier acción o efecto. En segundo lugar; mientras que por un lado, ciertos médicos señalan que lo importante no es quienes integran la familia sino el cariño que se otorga; otros pediátras y científicos manifiestan la necesidad de que el niño en formación tenga una marcada imagen tanto de hombre como de mujer (recordemos que varios casos de homosexualidad surgen de una crianza hecha por la madre y rodeado por mujeres, por lo que no estaría tan lejano). Y por último; hay que tener en cuenta el impacto que puede tener el niño, mal que mal va a sufrir un 2X1, ya que tendría que sobreponerse a que sus padres no serían como los demás padres, además del impacto que le causa a muchos niños el saber que no es hijo natural.

En fin, pienso que es un tema bastante complicado de dar una opinión, por un lado hay que reconocer que las parejas homosexuales no por su condición van a ser malos padres, un ejemplo de esto es el caso de un chileno quien se quedó con la tuición de sus 3 hijos, quienes incluso prefirieron vivir con él y su pareja a vivir con su madre. Ahora es bueno tener claro que son hijos ya con una edad que les permite disentir, y es bueno aclarar que en tal ejemplo, durante su formación convivieron con madre y padre.

Si bien, es válida la postura de querer adoptar hijos, y es laudable la posición de entregar cariño, considero que hoy en día se hace bastante difícil llegar a un consenso en esta materia, ya que la sociedad si bien ha avanzado, sigue mostrando ciertas discriminaciones e ideologías retrógradas. En el mismo sentido, pienso que no es imposible lograr la adopción de niños por parte de parejas homosexuales, pero también respetando la figura y desarrollo del niño. Entre posibles medidas, no estaría mal que se pongan edades pertinentes (por lo menos para comenzar) y una educación desde la niñez, para ir instaurando y preparando a las futuras generaciones. Mal que mal, aunque no les guste, la naturaleza, y por ende, la normalidad, nos indica que las relaciones deben ser entre un hombre y una mujer.

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